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Derechos y discapacidad: Obligan a ISSN a cubrir la prestación de maestro integrador para un niño con Síndrome de Down.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén ordenó a la obra social ISSN a que se haga cargo de la prestación de maestra integradora –o módulo de apoyo a la integración escolar– para un menor quien nació con síndrome de Down, toda vez que reconoció la existencia de una lesión actual e inminente al derecho a la salud del menor de edad.
La obra social intentó excusarse de cumplir con dicha prestación expresando que era el Consejo Provincial de Educación quien debía hacerlo, limitando su función a otorgar la cobertura médica al niño.
Pese a ello, los jueces tuvieron en cuenta las decisiones judiciales unánimes por las cuales se dispusieron que los maestros integradores forman parte de la cobertura integral que obligadamente debe otorgarse a la persona con discapacidad.
Manifestaron que la Resolución n° 428/1999 del Ministro de Salud y Acción Social de la Nación aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, contemplándose en su apartado 2.1.6.4. como prestación incluida en el referido nomenclador: “Apoyo a la Integración Escolar”, al que define como el proceso programado y sistematizado de apoyo pedagógico que requiere un alumno con necesidades educativas especiales para integrarse a la escolaridad común en cualquiera de sus niveles, y abarca una población de entre los 3 y los 18 años de edad o hasta finalizar el ciclo de escolaridad que curse, siendo una de las variantes de esta prestación la maestra de apoyo.-

FUENTE: “G. A. M. y otro c/ ISSN s/ acción de amparo”.-

Las defensoras del Niño piden que se dicte la conciliación obligatoria. Ojala sean oídas!

Las defensoras de los derechos del Niño y Adolescente solicitaron a la Subsecretaría de Trabajo que dicte la conciliación obligatoria entre el gremio docente y el Gobierno provincial “ante la falta de consenso entre las partes que a la fecha impidió el inicio del ciclo lectivo con regularidad”.
“El estado de situación actual y la dilación del conflicto afectan el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, el cual es un derecho humano fundamental, reconocido en la Convención internacional de los derechos del niño, e incorporado en la legislación interna en la ley nacional 26061 y en la provincial 2302”, explicaron.
Para solicitar la conciliación obligatoria las defensoras subrayaron que «el ejercicio del derecho a huelga del personal perteneciente al ámbito educativo interrumpe el servicio público esencial de la educación, conculcando el derecho de enseñanza de los niños».
Previamente a la solicitud de conciliación obligatoria desde las Defensorías se realizó un relevamiento para actualizar la información respeto de las escuelas que se encuentran afectadas y sin dictado de clases.
La solicitud fue firmad por Mónica Palomba, Andrea Rappazzo, Marcela Robeda (por las Defensorías 1, 2 y 3 de la I Circunscripción); Natalia Stornini (II Circunscripción), Paula Castro Liptak (III Circunscripción).
Fuente: LM Neuquén.-